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Estos serán los horarios de funcionamiento para establecimientos en feriados

La Intendencia de Policía da a conocer los horarios en los que tendrán permitido funcionar los distintos establecimientos de diversión nocturna durante los feriados por Navidad y Fin de Año.

El Ministerio del Interior aclaró que, para el día lunes 25 de diciembre de 2017, a partir de las 03h00, se establecerá la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas, determinada normalmente para los días domingos; mientras que para el lunes 1 de enero de 2018, será a partir de las 04h00.

Para el feriado del 25 de diciembre, los establecimientos turísticos y no turísticos podrán aperturar sus locales, hasta las 03:00, los días viernes 22, sábado 23 y domingo 24 (en este último, la prohibición de expendio y consumo de bebidas alcohólicas se controlará el lunes 25, a la hora antes citada).

Mientras que en el del 1 de enero, los días de aplicación del horario de cierre de 03:00 serán viernes 29, sábado 30 y domingo 31 (en este último, la prohibición de expendio y consumo de bebidas alcohólicas se controlará el lunes 1 de enero, a las 04h00).

Todo esto se da de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, publicada en Registro Oficial Suplemento 906 de 20 de Diciembre del 2016 y al Acuerdo Interministerial No. 0004, de 10 de agosto de 2017, suscrito entre el Ministerio del Interior y Ministerio de Turismo.


 

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